Manual de operaciones del escenario estándar nacional
El Manual de Operaciones (MO) es el documento por el que se rige la actividad aérea del operador. Debe
elaborarse acorde a la normativa vigente y es de obligado conocimiento y cumplimiento para todo el
personal involucrado en las operaciones aéreas. La redacción y desarrollo de los contenidos del MO debe
ser coherente con la naturaleza y riesgo de sus operaciones, personalizada a la zona y tipo de operación,
que deberá cubrir al menos los siguientes puntos:
El manual de operaciones de los escenarios estándar nacionales definidos en el Anexo I de la presente
resolución comprenderá, como mínimo, los elementos siguientes:
- 1) una declaración de que el manual de operaciones UAS cumple los requisitos aplicables y la declaración, y contiene las instrucciones que debe seguir el personal que interviene en las operaciones de vuelo;
- 2) El manual de operaciones drones debe incluir una firma de aprobación del administrador responsable o del operador de UAS en el caso de una persona física;
- 3) El manual de operaciones drones debe incluir una descripción general de la organización del operador de UAS;
- 4) El manual de operaciones UAS debe incluir una descripción del concepto de operación UAS, que comprenda, como mínimo:
- a) la naturaleza y la descripción de las actividades realizadas en las operaciones de UAS y los riesgos detectados que estas entrañan;
- b) el entorno operacional y las zonas geográficas de las operaciones previstas, en particular:
- i. las características de la zona que debe sobrevolarse por lo que respecta a la densidad de población, la topografía, los obstáculos, etc.;
- ii. las características del espacio aéreo que se va a utilizar;
- iii. las condiciones ambientales, incluyendo, como mínimo, las condiciones meteorológicas y el entorno electromagnético;
- iv. la definición del volumen operacional y de las zonas de prevención para hacer frente a los riesgos terrestres y aéreos;
- c) los medios técnicos utilizados y sus principales características, prestaciones y limitaciones, con inclusión del UAS, los sistemas externos de apoyo a la operación de UAS, las instalaciones, etc.;
- d) el personal necesario para llevar a cabo las operaciones, incluida la composición del equipo, sus funciones y responsabilidades, los criterios de selección, la formación inicial y los requisitos de experiencia reciente o de formación periódica;
- 5) El manual de operaciones drones debe incluir las instrucciones de mantenimiento necesarias para conservar el UAS en buen estado desde el punto de vista de la seguridad, en las que se incluirán las instrucciones y los requisitos de mantenimiento del fabricante del UAS, si procede;
- 6) El manual de operaciones drones debe incluir los procedimientos operacionales, que se basarán en las instrucciones facilitadas por el fabricante del UAS o en un documento similar desarrollado por el operador de UAS, en su caso, de acuerdo con la documentación facilitada por el fabricante, y que incluirán:
- a) la toma en consideración de los aspectos siguientes para reducir al mínimo los errores humanos:
- i. una clara distribución y asignación de las tareas, y
- ii. una lista de control interna para comprobar que el personal realiza adecuadamente las tareas asignadas;
- b) la toma en consideración del deterioro de los sistemas externos de apoyo a la operación de UAS;
- c) los procedimientos normales, que deben incluir, como mínimo:
- i. las preparaciones y comprobaciones previas al vuelo, entre las que figuran:
- A) la evaluación del volumen operacional y las zonas de prevención (zona de prevención de riesgos en tierra y zona de prevención de riesgos en el aire, si procede), en particular el terreno y los posibles obstáculos y obstrucciones que puedan mermar la capacidad de mantener la aeronave no tripulada dentro del alcance visual o de controlar el espacio aéreo, así como el posible sobrevuelo de personas no participantes y de infraestructuras críticas;
- B) la evaluación del entorno y el espacio aéreo circundantes, incluidas la proximidad de zonas geográficas de UAS y las posibles actividades de otros usuarios del espacio aéreo;
- C) las condiciones ambientales adecuadas para la realización de la operación de UAS;
- D) el número mínimo de personas encargadas de tareas esenciales para la operación de UAS que se necesitan para llevar a cabo la operación, y sus responsabilidades;
- E) los procedimientos de comunicación necesarios entre pilotos a distancia y el personal encargado de tareas esenciales para la operación de UAS y con cualquier otra parte externa, en caso necesario;
- F) el cumplimiento de todo requisito específico de las autoridades competentes en la zona de operaciones prevista, incluidos los relacionados con la seguridad, la privacidad, la protección de datos y del medio ambiente y la utilización del espectro radioeléctrico;
- G) las medidas de reducción del riesgo requeridas que se han adoptado para garantizar la realización segura de la operación; en particular, respecto a la zona terrestre controlada:
- I. determinar la zona terrestre controlada, y
- II. asegurar la zona terrestre controlada para impedir que terceros entren en ella durante la operación y garantizar la coordinación con las autoridades locales, en caso necesario;
- H) los procedimientos para verificar que el UAS se encuentre en condiciones adecuadas para la realización segura de la operación prevista;
- ii. procedimientos de lanzamiento y recuperación;
- iii. los procedimientos durante el vuelo, incluidos los destinados a garantizar que la aeronave no tripulada permanezca dentro de la geografía de vuelo;
- iv. los procedimientos posteriores al vuelo, incluidas las inspecciones para comprobar el estado del UAS; v. los procedimientos para la detección de posibles aeronaves en conflicto por parte del piloto a distancia y, a petición del operador de UAS, por parte de los observadores del espacio aéreo o los observadores de aeronaves no tripuladas, según proceda;
- i. las preparaciones y comprobaciones previas al vuelo, entre las que figuran:
- d) los procedimientos de contingencia, que deben incluir, como mínimo:
- i. los procedimientos para hacer frente a una situación en la que la aeronave no tripulada salga de la «geografía de vuelo» designada;
- ii. los procedimientos para hacer frente a una situación en la que personas no participantes entren en la zona terrestre controlada;
- iii. los procedimientos para hacer frente a las condiciones operacionales adversas;
- iv. los procedimientos para hacer frente al deterioro de los sistemas externos de apoyo a la operación;
- v. la fraseología que debe utilizarse si se recurre a observadores del espacio aéreo;
- vi. los procedimientos para evitar conflictos con otros usuarios del espacio aéreo;
- e) los procedimientos de emergencia para hacer frente a situaciones de emergencia, que incluirán, como mínimo:
- i. los procedimientos destinados a evitar, o al menos minimizar, los daños a terceros en el aire o en tierra;
- ii. los procedimientos para hacer frente a una situación en la que la aeronave no tripulada salga del volumen «operacional»;
- iii. los procedimientos para la recuperación de emergencia de la aeronave no tripulada;
- f) los procedimientos operacionales para garantizar la seguridad de las operaciones y que en la operación prevista se cumplan los requisitos de protección aplicables a la zona de la operación;
- g) los procedimientos para garantizar que todas las operaciones sean conformes con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos;
- h) las directrices para que los pilotos a distancia planifiquen las operaciones de UAS de manera que se minimicen las molestias, en particular el ruido y otras molestias relacionadas con las emisiones, para las personas y los animales;
- i) los procedimientos de notificación de sucesos;
- j) los procedimientos de llevanza de registros, y
- k) la política que define cómo pueden los pilotos a distancia y el resto del personal con responsabilidades esenciales para la operación de UAS declararse aptos para realizar dicha operación, antes de que la lleven a cabo.
- a) la toma en consideración de los aspectos siguientes para reducir al mínimo los errores humanos:
- STS-ES-01: Operaciones VLOS sobre una zona terrestre controlada en un entorno poblado.
- STS-ES-02: Operaciones BVLOS con observadores del espacio aéreo sobre una zona terrestre controlada en un entorno poco poblado.
Precio manual de operaciones drones entre: 250-400€
Precios de manuales de operaciones drones en regimen de autorización: consultar
Información muy completa sobre los manuales de operaciones de drones. Me ha sido de mucha ayuda gracias por compartirla.
Fenomenal. Por lo menos no es un «copiar» y «Pegar» que hacen otras empresas.