Definiciones
En el ámbito aeronáutico, se clasifica todo espacio aéreo que presenta un potencial peligro para la operación de aeronaves o que restringe temporal o permanentemente dicha operación. Las clasificaciones son las siguientes:
-Zona Prohibida
-zona restringida
-Zona peligrosa
Zonas D y R manejables
-Espacio Aéreo Temporalmente Reservado (TRA)
Zona Prohibida (P)
Una zona prohibida (P) es un espacio aéreo delimitado sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de España. En esta zona, está estrictamente prohibido el vuelo de aeronaves, a excepción de las aeronaves españolas de estado autorizadas por el Ministerio de Defensa. Ninguna aeronave podrá volar en una zona prohibida (P) sin obtener el permiso correspondiente del Estado español.
Zona Restringida (R)
Una zona restringida (R) es un espacio aéreo delimitado sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de España. En esta zona, el vuelo de las aeronaves está sujeto a ciertas condiciones especificadas. Sin embargo, las aeronaves españolas de estado pueden volar en estas zonas cuando sea necesario para cumplir con sus tareas o por razones de emergencia. Ninguna aeronave podrá volar en una zona restringida (R) sin cumplir las restricciones establecidas, a menos que obtenga el permiso de la autoridad competente.
Nota: Las aguas interiores correspondientes a estas zonas se consideran prohibidas o restringidas. En algunos casos específicos, también se incluyen las aguas territoriales.
Zona Peligrosa (D)
Una zona peligrosa (D) es un espacio aéreo delimitado donde se realizan actividades potencialmente peligrosas para el vuelo de las aeronaves en momentos determinados. Antes de emprender un vuelo que afecte a una zona peligrosa (D), el piloto deberá obtener toda la información necesaria sobre las actividades y el horario en el que se llevarán a cabo.
Zonas D y R manejables
Las zonas D y R manejables son áreas militares que, manteniendo su clasificación actual como zona peligrosa (D) o zona restringida (R), pueden ser gestionadas por la Autoridad Militar de Coordinación (AMC) durante los períodos publicados en la sección ENR 5.1.
Espacio Aéreo Temporalmente Reservado (TRA)
Un espacio aéreo temporalmente reservado (TRA) es un volumen definido de espacio aéreo que, generalmente, está bajo la jurisdicción de una autoridad aeronáutica y se reserva temporalmente para una actividad aeronáutica específica. Durante este período de reserva, se puede permitir el tránsito de otro tráfico bajo la autorización del Control de Tránsito Aéreo (ATC).
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